Por Juan Camilo Alfonso Márquez
Con el nuevo proyecto de ley de la reforma tributaria del 2021, el gobierno colombiano busca hacerle frente a la situación económica actual.
Con esta reforma, se afectaría a la industria deportiva en general.
Dentro de las afectaciones competentes al ajedrez están la implementación del IVA, a pesar de que en el artículo 476 en el numeral 29 del Estatuto tributario, se exime a las entidades que fomentan la cultura y el deporte de este impuesto.
“Los servicios de promoción y fomento deportivo prestados por los clubes deportivos definidos en el artículo 2 del Decreto Ley 1228 de 1995.”
Actualmente, el Estatuto tributario en su artículo 476, cuenta con 32 numerales. Con el proyecto de la reforma tributaria, quedarían tan solo 22, además de cambios dentro de los mismos numerales.
Dentro de la reforma, en su capítulo 2, artículo 45, numeral 4, aparece la exención del impuesto al consumidor (IVA) a implementos deportivos, sin embargo, no aparece ninguna referencia a los tableros de ajedrez o cualquier accesorio competente con este deporte.
No obstante, en su numeral 5 sobre juegos y juguetes, sí hacen referencia indirecta al ajedrez, nombrando dentro de los juegos de mesa.
Para la actual reforma, se siguen cobijando ciertos aspectos deportivos para la exención del IVA , como se señalan en los siguientes numerales:
Artículo 45, numeral 17: “Las boletas de entrada a cine, a los eventos deportivos, culturales, incluidos los musicales y de recreación familiar…”
Artículo 46, numeral 4: “Elementos deportivos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a ochenta (80) UVT, sin incluir el impuesto sobre las ventas -IVA.”
La reforma tributaria es aún un proyecto y falta que pase por los filtros necesarios para convertirse en ley.
Esta reforma ha generado el descontento de un gran sector poblacional, lo cual ha provocado que el próximo 28 de abril del 2021, se convoque a un nuevo paro nacional.
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